ACTA DE LA SESION DEL AYUNTAMIENTO PLENO CELEBRADA CON CARÁCTER ORDINARIO EL DIA 29 DE MAYO DE 2.008 EN PRIMERA CONVOCATORIA. ASISTEN Alcalde por delegación D. JOSEP BORT BONO Concejales Dª. Mª PILAR RUIZ BUENO D. DANIEL AMBROSIO PERIS Dª. CARMEN MILLA RUIZ D. MARIANO TAMARIT LLEYDA Dª.PURIFICACION MARTI FENOLLOSA D. JOSE ALCACER GARCIA Dª. ISABEL MARTINEZ DIEZ D. JOSE VTE. HERNANDEZ GIL Secretario D. JOSE TRASANCOS FERNANDEZ En la villa de Albuixech, siendo las veinte horas del día veintinueve de mayo de dos mil ocho, se reúnen bajo la presidencia del Sr. Alcalde por delegación D. JOSEP BORT BONO, con la asistencia del Secretario que suscribe los señores anotados al margen al objeto de celebrar sesión ordinaria en primera convocatoria con arreglo al orden del día previamente distribuido. Excusando su ausencia el Sr. Alcalde D. JOSE VTE. ANDREU CASTELLÓ y el concejal D. PEDRO NAVALON MARTINEZ. Abierto el acto por el Sr. Alcalde por delegación se fue dando cuenta de los asuntos incluidos en el orden del día, adoptándose los siguientes: Antes del inicio de la sesión toma la palabra el Sr. Bort, para manifestar que: “todo el mundo conoce que el Sr. Alcalde esta enfermo, razón por la cual hoy está ausente y no puede presidir el Pleno, aprovechando para desearle su pronta recuperación. Por otra parte, exponer que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 23 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el articulo 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre, en caso de ausencia del Alcalde, será sustituido por los Tenientes de Alcalde. Hay dos decretos de delegación: El 214/08, de 2 de mayo de 2008, de delegación en la segunda teniente de Alcalde, Dª. Mª Pilar Ruiz, y el 216/08, de 8 de mayo, en el que se delegaba en el primer teniente de Alcalde, y ese es el motivo por el cual presido esta sesión”: A C U E R D O S 18/08.-EXAMEN Y APROBACION, EN SU CASO, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN DE FECHA 27 DE MARZO DE 2008.- Sometida a aprobación el borrador del Acta de la sesión de fecha 27 de marzo de 2008, solicita la palabra el concejal del grupo Popular Sr. Alcacer para manifestar que “ hay una intervención del Sr. Navalon que no consta en acta y me gustaría que constará textualmente lo que dijo”. El Sr. Alcalde a la vista que el Sr. Navalon no esta presente, propone dejar este asunto para el próximo Pleno, lo que es aceptado por unanimidad. 19/08.-DAR CUENTA Y DELIBERACION, EN SU CASO, DE DECRETOS Y RESOLUCIONES DE LA ALCALDIA DESDE FECHA 11 DE MARZO DE 2008Se da cuenta de los Decretos y Resoluciones dictados por la Alcaldía desde el día 11 de marzo de 2.008, al 20 de mayo de 2.008. Interviene el Sr. Tamarit y dice que “ en primer lugar, deseamos la pronta recuperación del Alcalde. Hay dos decretos de delegación como usted ha dicho. La ley es muy clara en este sentido. El decreto de 2 de Mayo donde se delega en la segunda teniente de alcalde, se menciona que se realiza esta delegación por falta de disponibilidad del primer teniente de Alcalde y el 7 de Mayo considerando la disponibilidad del primer teniente de alcalde se delega en él. ¿A que es debido?. El Sr. Alcalde por delegación responde que “cuestiones personales son las que motivaron la falta de disponibilidad y no es un tema a tratar en sesión plenaria”. Vuelve a tomar la palabra el Sr. Tamarit y expone que “ La ley es clara y usted la conoce. Si las delegaciones se hubieran producido al réves no me habrían llamado la atención. Mi opinión y la de mi grupo es que la situación es legal, no hay nada que objetar a la legalidad del tema, pero personalmente estoy indignado por una razón, he sido alcalde de este municipio y usted ha hablado de moralidad cuando no sabe lo que es esta palabra. Usted es, en la actualidad, la primera autoridad del pueblo, cuando ha sido la fuerza política menos votada. Es un engaño a los votantes del PSOE, y a toda la población, y para mas inri, hace poco usted se presento a las elecciones generales a senador, elecciones en las que se vota a la persona y obtuvo en este municipio 75 votos. Moralmente debería seguir en la no disponibilidad. Es mi opinión”. Responde el Sr. Presidente del Pleno, en funciones que “ No lamento su indignación porque no es quien para hablar de moralidad. Lo mas chocante es que se hable de moralidad por ser la fuerza menos votada cuando no tiene nada que ver con el funcionamiento del Ayuntamiento. Como usted mismo ha reconocido esta dentro de la legalidad y lo que tiene que hacer es asumirla. ¿Algo mas?”. El Sr. Tamarit dice que “nada mas. Me he quedado corto en este asunto por respeto a la gente”. No produciéndose más intervenciones, el Sr. Alcalde en funciones da por finalizado el debate. El Pleno del Ayuntamiento se da por enterado del contenido de las Resoluciones y Decretos de la Alcaldía. 20/08.-DAR CUENTA Y DELIBERACION, EN SU CASO, DE ACUERDOS ADOPTADOS POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DESDE FECHA 11 DE MARZO DE 2.008.- Se da cuenta de los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno Local desde el último Pleno ordinario, celebrado el 27 de Marzo de 2.008, los borradores de las Actas correspondientes se encuentran a disposición de los Sres. Concejales, y se refieren a las sesiones de fecha: 11 de marzo de 2008. 25 de marzo de 2008. 8 de abril de 2008. 22 de abril de 2008. El Pleno del Ayuntamiento se da por enterado del contenido de las Actas y de los acuerdos adoptados. 21/08.-DAR CUENTA DE LA RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA DE PARALIZACIÓN DE LAS OBRAS DE MOVIMIENTO DE TIERRAS, EJECUTADAS POR C.L.H..- El Sr. Alcalde en funciones da cuenta e informa del decreto 241/08 por el que se paralizan obras de movimiento de tierras por parte la Compañía Logísitica de Hidrocarburos. Decreto, que copiado literalmente dice así: “Visto el expediente tramitado. RESULTANDO que la empresa Compañía Logística de Hidrocarburos solicitó en fecha 11.04.2008 licencia de obra para rellenar con tierra una parcela de su propiedad situada en C/. Robells, nº 2 del P.I.M. de Albuixech. RESULTANDO que en fecha 22 de Abril, la Junta de Gobierno Local concede dicha licencia condicionando el inicio de las obras a la presentación de un certificado expedido por organismo técnico competente en la materia de la no toxicidad de las tierras que se van a utilizar. RESULTANDO que en fecha 13 de Mayo se presenta por la empresa un documento relativo a una analítica de la tierra que no está firmado por ningún técnico o sellado por organismo competente, por lo que no puede admitirse como certificación válida. REESULTANDO que con fecha 14 de Mayo de 2008, se dicta decreto de alcaldía por el que se paralizan las obras de relleno que se estaban realizando porque existían motivos razonables para dudar de la toxicidad de las tierras que se habían utilizado por razones de su procedencia. Así mismo, el mismo día se obtenían muestras de la tierra que se estaba utilizando para su análisis. RESULTANDO: Que en fecha 20 de Mayo de 2008, se presenta por parte de D. JOSÉ MARTÍNEZ OVEJERO en representación de C.L.H., analítica realizada el día 15 del presente mes y solicita autorización para ordenar las tierras que se han traído hasta la actualidad, comprometiéndose a no traer más camiones, por el momento. CONSIDERANDO: Que esta Alcaldía es competente por razón de la materia. ESTA ALCALDIA HA RESUELTO: 1º.-MANTENER LA PROHIBICIÓN de traer más tierra hasta que sean analizadas las muestras obtenidas el pasado 14 de Mayo por parte de la empresa contratada por este Ayuntamiento. 2°.-AUTORIZAR a CLH para que PUEDA ORDENAR las tierras traídas hasta el momento. Los trabajos que se van a realizar, en ningún caso, deberán impedir que dichas tierras puedan ser retiradas del solar si los análisis de las tierras revela la toxicidad de las mismas. 3°.-NOTIFICAR el presente Decreto al interesado con expresión de los recursos procedentes.” Finalizada la exposición del Sr. Alcalde, se somete a deliberación de los Sres. Concejales, solicitando la palabra el Sr. Tamarit, portavoz del grupo Popular, quien manifiesta que : “Estamos de acuerdo en la decisión y actuación del Ayuntamiento, pero no entiendo que constituya un punto específico del Pleno, y a parte del resto de decretos del punto segundo. Aunque sea un tema importante, mas importantes son las otras dos resoluciones porque interesaban mas a la población. Usted lo ha incluido en el orden del día, es el alcalde por delegación, no por votación, y trata de dar satisfacción a su clientela. En el asunto concreto, la forma de actuar me parece correcta”. Interviene seguidamente el Sr. Bort para matizar ”que evidentemente, la competencia para fijar el orden del día es del Alcalde, y al constituir un problema importante de seguridad no debe pasar desapercibido, por lo que se debe dar cuenta al pueblo que no tiene acceso al expediente”. No produciéndose más intervenciones, el Sr. Alcalde por delegación, da por finalizado el debate. El Pleno del Ayuntamiento se da por enterado del contenido de la resolución. 22/08.- DAR CUENTA DEL ESTADO DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL EJERCICIO 2007.- De orden del Sr. Alcalde en funciones, por el Sr. Secretario se da cuenta al Pleno de la Corporación de la liquidación del presupuesto correspondiente al ejercicio 2007, aprobado por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 22 de abril actual, cuyo acuerdo se transcribe seguidamente: 133/08.-EXAMEN Y APROBACIÓN, EN SU CASO, DE LA LIQUIDACION DE PRESUPUESTO DEL EJERCICIO 2007.- Vista la liquidación del Presupuesto del ejercicio de 2.007, informada por la Intervención, esta Presidencia, de conformidad con el artículo 191.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 90.1 del Real Decreto 500/90, de 29 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de dicha Ley, en materia de presupuestos, la Junta de Gobierno Local le presta su APROBACION, con el siguiente resumen: Euros 1.- Derechos reconocidos netos (+) 5.421.986,46 2.- Obligaciones reconocidas netas (-) 4.504.683,70 ------------------------ 3.- Resultado presupuestario (1-2) (+) 917.302,76 AJUSTES 4.- Desviaciones positivas de financiación (-) 885.000,00 5.- Desviaciones negativas de financiación (+) 164.211,84 6.- Créditos gastados Financiados con remanente líquido de Tesorería 183.884,89 ---------------------- 7.- RESULTADO PRESUPUESTARIO AJUSTADO ( 3-4+5+6 ) 380.399,49 =============== El Remanente de Tesorería a 31 de diciembre de 2.007, es el siguiente: 1.- DEUDORES PENDIENTES DE COBRO. De Presupuesto Ingreso. Corriente 1.282.270,04 De Presupuesto Ingreso. Cerrados 166.950,98 De operaciones no presupuestarias 2.408,58 Ingresos pendientes de Aplicación (-) 1.498,56 ---------------------- - + 1.450.131,04 2.- ACREEDORES PENDIENTES DE PAGO. De Presupuestos Gastos. Corriente 369.918,33 De Presupuestos Gastos. Cerrado 40.872,44 De Operaciones no presupuestarias 58.879,43 ----------------------- 469.670,20 3.- FONDOS LIQUIDOS EN LA TESORERIA + 198.128,00 ------------------------ REMANENTE DE TESORERIA TOTAL 1.178.588,84 Siendo las desviaciones acumuladas de financiación positiva de gastos con financiación afectada hasta la fecha de la liquidación del Presupuesto, de 0 euros, el remanente de Tesorería se cuantifica de la siguiente forma. 1.- Remanente de Tesorería Total (1+2-3) 1.178.588,84 2.- Saldos de dudoso cobro 23.582,63 3.- Exceso de financiación afectada 885.000,00 4.- Remanente de Tesorería para gastos generales (1-2-3) 270.006,21 El concejal del grupo Popular, Sr. Alcacer pregunta “como duda legal, po rqué no se ha pasado la liquidación por la Comisión especial de cuentas?”. A instancia del Sr. Alcalde, contesta el Sr. Secretario “que la aprobación de la Liquidación es competencia del Presidente de la entidad local, y al haber delegado dicha competencia en la Junta de Gobierno Local, ha sido aprobada por esta última. La liquidación forma parte de la cuenta general que previo al conocimiento del Pleno, deberá someterse a dictamen de la Comisión Especial de Cuentas. No produciéndose más intervenciones, el Sr. Alcalde en funciones, da por finalizado el debate. El Pleno del Ayuntamiento se da por enterado del estado de la lquidación del Presupuesto del ejercicio 2.007 23/08.- DAR CUENTA DEL EXPEDIENTE DE INCORPORACIÓN DE REMANENTE DE CRÉDITOS, EXPTE. 01/2008.- De orden del Sr. Alcalde, por el Sr. Secretario se da cuenta al Pleno de la Corporación de la Resolución de la Alcaldía de fecha 27 de marzo de 2.008 de incorporación de remanentes de crédito, que copiada literalmente dice así: “Vista la propuesta de incorporación de remanentes de créditos, en el Presupuesto del ejercicio de 2007, de fecha de hoy, y el informe que sobre el asunto emite la Intervención, de conformidad con lo previsto en el artículo 182 del Real Decreto Legislativoa 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en las bases de Ejecución del referido Presupuesto, RESUELVO: 1º- Incorporar el siguiente remanente de crédito en el Presupuesto del vigente ejercicio: | APLICACIÓN PRESUP | DENOMINACION | EUROS | | 463.131.01 | RETRIB. INFORMADORA JUVENIL | 5.935,86 | | 451.131.02 | RETRIB. TEC.BIBLIOTECONOMIA Y DOC. | 5.964,93 | | 452.212.00 | REP. MTO. Y CONSERVACION POLIDEP. | 1.817,71 | | 451.213.00 | REP.MTO.Y CONSERVACION C.CULTURA | 1.992,31 | | 121.227.06 | CONTRATACION ESTUDIO RPT | 9.000,00 | | 441.610.00 | POP 2007 RED A R.C. DEL MAR | 42.839,45 | | 511.611.00 | P.I.2007 IMELSA REASFALTADO CALLES | 1.819,85 | | 511.613.01 | P.C.R. 2007 | 21.891,46 | | 313.622.00 | CONSTRUC. GUARDERIA MUNICIPAL | 550.958,51 | | 451.622.00 | CASA DE LA MUSICA | 389.066,03 | | 452.623.00 | INSTAL .CESPED CAMPO DE FUTBOL | 276.049,33 | | 313.625.00 | EQUIPAMIENTO N/ HOGAR JUBILADO | 10.287,45 | | 432.627.01 | URB. ENTORNO CENTRO CIVICO | 179.515,78 | | 432.623.00 | ADQUIS.INST.BARRERAS Y COLUMPIOS | 28.091,86 | | | | | | TOTAL CREDITOS | A INCORPORAR | 1.525.230,53 | 2º- Financiar la expresada incorporación con los siguientes recursos: Remanente líquido de tesorería . . . . . . . . . . . . . . . . . 164.545,56 Compromiso de ingreso afectados . . . . . . . . . . . . . . . . 1.360.684,97 ----------------------- Suman los recursos que financian el remanente de crédito. . . . 1.525.230,53 El Pleno del Ayuntamiento se da por enterado del expediente. 24/08.- DAR CUENTA DEL ESTADO DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO VIGENTE A FECHA 30 DE ABRIL DE 2008.- De conformidad con lo dispuesto en el capítulo 3º del Título IV de la Instrucción del modelo normal de Contabilidad Local, aprobado por la Orden EHA/4041/2004 de 23 de Noviembre, en relación con el artículo 207 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se da cuenta al Pleno del Estado de Ejecución del Presupuesto del actual ejercicio a fecha 30 de Abril de 2.008, con el contenido señalado en la Regla 106 de la mencionada Instrucción: Ejecución del Presupuesto de Ingresos. Ejecución del Presupuesto de Gastos corrientes y de sus modificaciones. Movimientos y situación de Tesorería. Y cuyo resumen es el que se detalla seguidamente: Ejecución del Presupuesto de INGRESOS: Previsión Inicial:............................................................... 4.709.561,00 Modificaciones: ................................................................ 1.525.230,53 Previsión Definitiva: ......................................................... 6.234.791,53 Derechos Reconocidos: ..................................................... 968.285,02 Ingresos: ............................................................................ 262.171,98 B) Ejecución del Presupuesto de GASTOS: Consignación Inicial: ........................................................ 4.709.561,00 Modificaciones: ................................................................ 1.525.230,53 Consignación Definitiva: .................................................. 6.234.791,53 Obligaciones Reconocidas: ............................................... 2.364.935,88 Pagos Netos realizados: ..................................................... 1.459.342,64 Movimientos y situación de TESORERIA: Exist. Iniciales Ingresos Pagos Exist. Finales 198.128,00 Ejerc. Corrientes 262.686,22 1.459.856,88 Ejerc. Cerrados 1.052.481,04 13.311,92 Extrapresupuestarias 645.262,52 206.118,98 S U M A S:: 198.128,00 1.960.429,78 1.679.287,78 479.270,00 VALORES: 249.311,15 20.940,00 11.798,88 258.452,27 S U M A S: 447.439,15 1.981.369,78 1.691.086,66 737.722,27 El Pleno del Ayuntamiento se da por enterado. 25/08.-EXAMEN Y ACUERDO, EN SU CASO, DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE ESTE AYUNTAMIENTO Y MICROBANK DE LA CAIXA.- Dada cuenta del convenio a suscribir entre el Ayuntamiento de Albuixech y Microbank. RESULTANDO que los microcréditos sociales son operaciones de préstamo de pequeña cuantía dirigidos a financiar proyectos de autoocupación promovidos por personas que sufren exclusión fiannciera, no requieren aval ni ninguna otra garantía y se conceden bajo la tutela de diversas Entidades Sociales. RESULTANDO que “Microbank” firma convenios de colaboración para la concesión de dichos microcréditos con estas entidades, que actúan como enlace entre los beneficiarios de los microcréditos y “Microbank”. De este modo, las Entidades Sociales pueden convertirse en promotoras de microcréditos, añadiéndolos así a la oferta de ayuda a sus colectivos. RESULTANDO que la concesión de los microcréditos sociales se realiza mediante un proceso muy simple que permite a “Microbank” evaluar la propuesta de microcrédito de forma ágil. Las Entidades Sociales juegan un papel fundamental en todo el proceso de asignación del microcrédito: En primer lugar, identifican a los colectivos y les proponen operaciones. Seguidamente, evalúan las solicitudes en términos de sostenibilidad econónomica. Una vez considerada la propuesta, presentan la solicitud del microcrédito social con un plan de negocio. “Microbank” determina en última instancia la viabilidad del proyecto presentado y otorga la financiación al beneficiario. Cuando el crédito ya está concedido, las Entidades Sociales tutelan y proporcionan apoyo técnico al proyecto durante toda la vida del crédito. RESULTANDO que pueden ser beneficiaria cualquier persona que, con el objetivo de desarrollar un proyecto empresarial de autoocupación, tenga dificultades para acceder a los créditos habituales del sistema financiero, en especial los siguientes grupos de población: El Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de los Sres. Concejales, ACUERDA: 1º.-Aprobar el Convenio de Colaboración entre MICROBANK y este Ayuntamiento. 2º.-Facultar al Sr. Alcalde, para que en nombre y representación del Ayuntamiento formalice el correspondiente convenio. 3º.-Remitir el presente acuerdo a MICROBANK, a los efectos oportunos. 26/08.- EXAMEN Y APROBACIÓN, EN SU CASO, DEL EXPEDIENTE DE MUTACIÓN DEMANIAL DEL EDIFICIO DENOMINADO “ESCUELAS PÚBLICAS TOMAS ALBERT”, SITO EN C/. SANT RAMON Nº 6.- Dada cuenta del expediente tramitado: RESULTANDO: Que el inmueble sito en la C/. San Ramón, nº 6, Escuelas Publicas “Tomas Albert” está afecto al servicio público de enseñanza aunque desde la construcción del nuevo Colegio Público “Tomás Albert II” se encuentra en desuso y que no hay previsión de que se preste servicio de enseñanza alguno en el futuro, por lo que el Ayuntamiento pretende cambiar su uso. RESULTANDO Que en sesión plenaria de fecha 29 de Junio de 2006, el Ayuntamiento Pleno acuerda iniciar el procedimiento para la mutación demanial de dicho edificio, sito en C/. Sant Ramon nº 6, propiedad de esta Corporación, para destinarlo a otros usos o servicios públicos de carácter local. RESULTANDO: Que en cumplimiento del Real Decreto 605/1987, de 10 de Abril, por el que se regula el procedimiento de autorización previa a la desafectación de edificios públicos escolares de propiedad municipal, se solicita la preceptiva autorización a la Dirección territorial de Cultura, Educación y Deporte RESULTANDO: Que por resolución del director territorial de cultura, educación y deporte de fecha 5 de Diciembre de 2006, se concede la autorización previa para poder cambiar el uso de dominio público del bien. CONSIDERANDO: Que la mutación demanial no viene regulada en ninguna norma de carácter local pero el procedimiento que se debe seguir es el recogido en el artículo 8 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. CONSIDERANDO que de conformidad con lo dispuesto en el precitado artículo 8 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, se deberá aprobar inicialmente el expediente por parte del Pleno de la Corporación, someterlo a información pública mediante su publicación en el “Boletín Oficial de la Provincia” para posibles reclamaciones y alegaciones, y aprobarse con carácter definitivo por el Pleno de la Corporación. El Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de los Sres. Concejales, ACUERDA: 1.-Aprobar inicialmente el expediente de mutación demanial del edificio denominado “Escuelas Públicas Tomas Albert” sito en la calle Sant Ramón nº 6. 2º.-Someter el expediente a información pública, mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia durante el plazo de un mes. 3º.-Considerar definitivamente aprobado el expediente, si durante el citado periodo no se hubiesen presentado reclamaciones. 27/08.-MOCIONES.- Se someten a deliberación y aprobación, en su caso, las mociones presentadas por los grupos políticos con representación municipal. MOCION DE REVISION DEL MODELO DE FINANCIACION.- El Sr. Alcalde invita al portavoz del grupo Popular, Sr. Tamarit a que lea la Moción de adhesión a la Carta de Buenas Prácticas que eleva al Pleno el grupo municipal del Partido Popular. El Sr. Tamarit interviene para expresar que por su extensión no va a dar lectura a la Carta, y explica sucintamente el objetivo que persigue. Básicamente, que el gobierno de la Nación actualice y modifique el vigente modelo de financiación territorial, reconociendo el incremento demográfico experimentado por la Comunidad Valenciana. El texto de la moción, copiada literalmente, dice así: “Es un hecho contrastado que la población de la Provincia de Valencia viene creciendo de forma importante y constante a lo largo de los últimos años. Desde 1999 (año base del actual modelo de financiación) nuestra población ha crecido en más de 300.000 personas. Según las últimas estimaciones de la Población Actual publicadas a finales del pasado mes de enero por el INE, la tasa de crecimiento demográfico para la Comunidad Valenciana entre 2007 y 2008 se calcula en un 2,80%, cifra que nos sitúa en la tercera tasa de incremento poblacional más alta de toda España. Este incremento demográfico esta provocado principalmente por el fenómeno migratorio, ya que muchas personas han venido a nuestra comunidad autónoma a trabajar principalmente procedente de terceros países y atraídas por las posibilidades de progreso y desarrollo que ofrece el conjunto de la Comunidad Valenciana. De hecho, según datos del INE, y para el total de la Comunidad Valenciana, cerca del 75% de estos nuevos aportes poblacionales proceden de la inmigración. Aunque se comprometió a ello, el Estado no revisó durante la pasada legislatura dicho sistema de financiación para incorporar la variable población de forma actualizada. Con el mantenimiento del vigente sistema, el Gobierno central esta marginando a uno de cada cinco valencianos, ya que deja fuera del modelo de financiación el incremento poblacional experimentado por la Comunidad Valenciana, que ha supuesto un aumento demográfico de un millón de personas. Este aumento experimentado ha conllevado a una elevación del gasto social, principalmente en las áreas de sanidad, educación y bienestar social. Ello, junto a la previsión de que este crecimiento se mantenga en el futuro (las propias proyecciones recientemente publicadas por este organismo manejan previsiones que sitúan en 5,4 millones de habitantes la población de la Comunítat Valenciana para el año 2011), obliga a la revisión del actual modelo de financiación para incorporar la actualización de una de sus principales variables: la población. Es indudable que el fenómeno de la inmigración produce desequilibrios entre la Administración General del Estado y la de las Comunidades Autónomas respecto de los ingresos y gastos que esta supone, de forma que el Estado crece porque tiene mas ingresos y menos gastos, y las Comunidades Autónomas reciben menores ingresos per cápita aunque soportan la práctica totalidad del gasto. Los ingresos tributarios que se generan por el aumento de población repercuten en su mayor parte a la Administración General del Estado, que tiene menos gastos que atender. En cambio, las autonomías tienen mas gasto social que atender (ya que la sanidad, la educación y los servicios sociales son competencias autonómicas) y el incremento de los ingresos tributarios apenas repercute en las arcas autonómicas. Al margen de que se tenga que cerrar un acuerdo estable de financiación multilateral en el Consejo de Política Fiscal y Financiera entre el Estado y todas las Comunidades Autónomas de régimen común, la necesidad de atender una financiación mayor para nuestra Comunidad en función de su población real es ineludible. Entre otros motivos, porque este desequilibrio se está produciendo en paralelo con la incidencia de nuevas leyes estatales {LOE, Ley de Dependencia) que, siendo legislación básica de obligado cumplimiento, suponen nuevos costes a las Comunidades Autónomas y que actualmente carecen de la dotación presupuestaria suficiente por parte del Estado, tal y como correspondería según el "principio de lealtad constitucional" fijado en el sistema de financiación 2001, en virtud del cual el Estado no puede legislar creando nuevas cargas a las Comunidades Autónomas sin haberlas dotado previa o simultáneamente de recursos económicos suficientes. En su virtud, solicito la adopción de los siguientes ACUERDOS PRIMERO.- Que el Gobierno de la Nación reconozca la población real de la Comunitat Valenciana a efectos de la revisión del modelo de financiación. SEGUNDO.- Que el Gobierno de la Nación actualice y modifique el vigente modelo de financiación territorial reconociendo el incremento demográfico experimentado por nuestra Comunitat mediante la actualización de la variable poblacional en el nuevo sistema de financiación. TERCERO.- Que mientras no se haya producido esta modificación, el Gobierno de la Nación transfiera de manera inmediata un mínimo de 500 millones de euros adicionales al año a la Comunidad Valenciana. El Consell de la Generalitat Valenciana destinará los 500 millones de euros adicionales a gasto social, en materia de educación, sanidad y dependencia. CUARTO.- Respaldar cualquier iniciativa ciudadana, social o política, incluyendo la recogida de firmas, que en este sentido se impulsen en el ámbito de la Comunitat Valenciana en esta reivindicación de mayores transferencias económicas estatales a la Comunidad Valenciana por el aumento de población.” Finalizada la exposición del Sr. Tamarit, interviene el Sr. Alcalde en funciones, quien manifiesta que “Está de acuerdo con la cuestión de fondo que plantea la Moción: la revisión del actual modelo de financiación, pero no con la manera de hacerlo. El 5 de Mayo, el presidente del Partido Popular, Sr. Rajoy, decía que la reforma del modelo de financiación se realizará por unanimidad y en cambio el Partido Popular valenciano trata de romper esa unanimidad. Gerardo Camps, decía que el modelo no debe suponer una confrontación entre regiones, y la Moción que se propone podría provocar precisamente esto, ya que se está exigiendo la transferencia de 500 millones de euros antes del del propio acuerdo. Por ello no puedo votar favor”. Responde el Sr. Tamarit “que solo puedo decir que estamos recogiendo firmas que es la mejor forma de presionar. El dinero solicitado no sé si es mucho o poco pero la Comunidad Valenciana ha sufrido un importante crecimiento demografico, y esto ha afectado a temas como la sanidad que se encuentra saturada”. Finalizada la deliberación, se somete a votación. El Pleno del Ayuntamiento, con los votos a favor los cinco concejales del grupo popular, y el voto en contra de los tres concejales del grupo socialista y el del concejal del grupo esquerra unida, ACUERDA: 1º.-Aprobar la moción presentada por el grupo Popular en todos sus términos. 28/08.- RUEGOS Y PREGUNTAS Abierto el turno de ruegos y preguntas, inicia el mismo el concejal del grupo Popular, Sr. Alcacer que pregunta por la capacidad de endeduamiento del Ayuntamiento de Albuixech. Informa el Sr. Interventor, diciendo “ que no hay un límite claro que limite la capcidad de endeudamiento de los Ayuntamientos, si hay un límite a partir del cual es preciso solicitar autorización al Ministerio de Economía y Hacienda para poder endeudarse. Existen dos criterios a tener en cuenta: tener un ahorro neto negativo o/y que el volumen total de capital vivo de los prestamos vigentes supere el 110% de los ingresos corrientes liquidados en el último ejercicio”, de de momento el municipio de Albuixech no se encuentra en ninguna de estas dos situaciones . A continuación, el Sr. Alcacer se interesa por el presupuesto del campo de fútbol. Contesta el Sr. Ambrosio que alrededor de los 499.000 euros. Continua en el uso de la palabra el Sr. Alcocer para manifestar que: “le gustaría saber como se encuentra el expediente del campo de fútbol ya que se han contado muchas mentiras desde la corporación poniendo diversas excusas sobre el retraso en la instalación de césped artificial en el campo de futbol”. Contesta el Sr. Alcalde en funciones que “ desde el Ayuntamiento se dice la verdad; si se ha informado mal en algún momento, pido disculpas. La instalación del césped no se podía haber llevado a cabo el verano pasado como ustedes prometieron. La obra de instalación de césped en el campo de fútbol está incluida en el Plan de Instalaciones Deportivas 2007-2012, que se financia por terceras partes por la Generalitat Valenciana, Diputación Provincial de Valencia y el Ayuntamiento. En la actualidad, estamos pendientes de firmar convenio con la Excma. Diputación, y al ser una obra de tipo C, es necesario la aprobación del proyecto por la Generalitat Valenciana, faltando todavía este requisito. La semana que viene nos han dicho que podríamos tener dicha autorización”. Interviene el Sr. Alcacer, para exponer que “después de todas las excusas que han puesto, ahora resulta que la culpa es del Partido Popular. No me lo creo”. Responde el Sr. Alcalde por delegación, que “es libre de creerselo o no, pero es la realidad”. Y no habiendo más asuntos a tratar, el Sr. Alcalde levanta la sesión, siendo las veinte horas cuarenta minutos del día al principio expresado. Certifico. EL ALCALDE EL SECRETARIO
|